Mar España, directora de la Agencia Española de Protección de Datos, ha señalado a Carlos Alsina en ‘Más de uno’ (Onda Cero) que “Sanidad tiene que determinar los criterios para el uso de las cámaras térmicas”.
Carlos Alsina entrevistó este miércoles en el programa ‘Más de uno’ de Onda Cero a Mar España, directora de la Agencia Española de Protección de Datos.Sobre el tema de la toma de temperatura en los comercios, «hay que ver caso por caso y diferenciar el ámbito en el que se trate”. Para España, “El consentimiento no sería válido porque no sería libre. Si tú dices que no, no se te puede impedir el servicio”.
“En el ámbito laboral, el empresario debe proteger la salud de sus trabajadores, pero siempre en un plan de vigilancia para la salud teniendo en cuenta los principios básicos de la protección de datos”.
“Hay que tener la seguridad de que estas medidas son efectivas para el control de la pandemia sin ser invasivas ni producir efectos jurídicos indeseables”
“No todos están legitimados para coger datos de salud, por lo que no cualquier persona puede tomar la temperatura para entrar a un local”
“Hay centros comerciales que controlan la temperatura, pero no hacen pasar con mascarilla”
“En comercios la respuesta es más compleja porque la legitimidad es muy más débil”.
Para la directora de la AEPD, “Lo que hemos hecho ante la implantación masiva de cámaras térmicas es una consulta al ministerio y nos han dicho que no hay evidencia científica de que el control de temperatura sea un síntoma claro para ver si estaba contagiada o no, y puede crear falsa seguridad”.
“Hay centros comerciales que controlan la temperatura, pero no hacen pasar con mascarilla. Son falsos negativos que pueden contagiar a las personas”.
“Debería ser el ministerio quien determine la necesidad de este tipo de cámaras térmicas. Son servicios sanitarios, que afecta a muchos sectores, y con una regulación compleja”.
“Lo primero es tener la seguridad de que estas medidas son efectivas para el control de la pandemia, y no sean invasivas y puedan producir efectos jurídicos indeseables porque los datos de salud están especialmente protegidos”.
“No es lo mismo una toma de temperatura con un termómetro digital, que una cámara te tome más datos y se almacenen. No cualquier persona está legitimada para coger datos de salud”.
“Es fundamental que las autoridades sanitarias establezcan los criterios de cuándo, quién y en qué condiciones se debe tomar la temperatura, y son datos de salud que no se pueden ceder a terceros”.