El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se concreta, con carácter urgente, el régimen jurídico aplicable a la designación del Consejo de Administración de la Corporación RTVE y de su presidente. Los rasgos que caracterizan a este Real Decreto Ley son los de urgencia y temporalidad: Urgencia porque se trata de atender a una situación de vacío que se ha producido en la corporación de RTVE. Todos los consejeros tienen su mandato vencido y el presidente ha terminado su mandato, sin que pueda seguir ejerciendo sus funciones como presidente. Temporalidad porque este Real Decreto Ley sólo será aplicable hasta el nombramiento de los Consejeros elegidos de acuerdo con el procedimiento establecido en las Disposiciones Transitorias de la Ley 5/2017.
El Real Decreto Ley tiene un artículo único en el que se prevé un procedimiento urgente para que las cámaras elijan a los 10 consejeros de Corporación RTVE. En quince días, el Congreso tiene que elegir seis consejeros y el Senado cuatro. En ese plazo, el Congreso deberá elegir también al presidente. La mayoría requerida en ambos casos será de dos tercios en la primera votación y mayoría absoluta 48 horas después, siempre que la propuesta de candidatura proceda de al menos la mitad de los grupos parlamentarios de la Cámara.
El mandato de estos consejeros finalizará cuando sean nombrados los nuevos consejeros por el procedimiento previsto en las Disposiciones Transitorias de la Ley 5/2017. Además, la Disposición Final primera modifica la Disposición Transitoria segunda de la Ley 5/2017 a fin de concretar el procedimiento de elección de los miembros del Consejo de Administración de RTVE y su presidente por concurso público con la participación de un comité de expertos.