Para IAB Spain, junto con IAB Europe, esta reclamación –puntualizada ayer a nivel europeo- tiene varias inexactitudes y omisiones, señala IAB Spain. « Con el Marco europeo de IAB, …las empresas que tratan datos personales en relación con la publicidad en línea pueden tratar datos personales» Estas reclamaciones alegan que la publicidad programática que utiliza Real Time Bidding y específicamente el protocolo OpenRTB de IAB Tech Lab, son incompatibles con el Reglamento General de Protección de Datos. Además, estas quejas alegan que el mero uso de OpenRTB implica incumplimiento, incluyendo también el Marco de Transparencia y Consentimiento (TCF) de IAB Europe.
Paula Ortiz Directora Jurídica y de Relaciones Institucionales de IAB Spain, explica a El Programa de la Publicidad. “La polémica surge tras la reclamación de una empresa del Reino Unido». «
La empresa -que además tiene un AdBlocker- señala que el sistema de compra programática en el que participan multitud de actores -y decide en tiempo real que anuncios ve un usuario- no cumple con el Reglamento General de Protección de Datos. La propia IAB -sin embargo- señaló que no es imposible cumplir con esta normativa».
«La cuestión es que esto es fruto de un intercambio entre IAB Europe y la Comisión Europea, en 2017, tras la aprobación del Reglamento General de Protección de Datos en el que IAB Europe trasladó a la Comisión su preocupación ante la imposibilidad de cumplir con un entorno tan complejo la necesidades de consentimiento previo e informado para todos los actores que van a tratar datos. Es una cuestión de 2017 y para dar solución a esta exigencia legal se creó el marco de transparencia y consentimiento de IAB Europe, con 45 países, y en el que también está implicado IAB”.
«Desde IAB Europe, del que formamos parte todos los IAB´s europeos, – señala Paula Ortiz, Directora Jurídica y de Relaciones Institucionales IAB Spain – se quiere aclarar que estas afirmaciones son falsas, y que están dirigidas a dañar intencionadamente a la industria de la publicidad digital y los medios digitales europeos, que dependen de la publicidad como fuente de ingresos.»
«Recientemente, uno de los reclamantes publicó una serie de comunicaciones entre IAB Europe y la Comisión Europea de abril de 2017, en las que IAB Europe destacaba los desafíos que suponía para la industria de los medios digitales y la publicidad operar con la combinación de normas RGPD- Reglamento de e-Privacy, -en el contexto de los debates sobre la actualización del Reglamento de ePrivacy- . En esas comunicaciones, IAB Europe comentaba que era “técnicamente imposible para el usuario tener información previa sobre cada responsable del tratamiento involucrado en un escenario de oferta en tiempo real (RTB)», una circunstancia que era cierta en ese momento, pero que ha cambiado desde entonces».
«Los reclamantes intentan dar la vuelta a esta declaración para que parezca que se admite la imposibilidad de cumplimiento y así dar peso a la reclamación. Sin embargo, como saben los reclamantes, en los años desde que se hizo esta declaración, IAB Europe ha trabajado con sus miembros en y una gran parte de la industria de medios y publicidad para ofrecer soluciones a este desafío mediante el desarrollo y lanzamiento del Marco de Transparencia y Consentimiento de IAB Europe en abril de 2018″.
«Este Marco supone una forma de proporcionar transparencia a los usuarios sobre quién trata y cómo se tratan sus datos personales, permitiendo a los usuarios decidir. Además, el TCF permite a los proveedores dedicados a la publicidad programática saber de antemano si sus socios cumplen y respetan las obligaciones de transparencia y consentimiento, permitiéndoles tratar legalmente datos personales para las finalidades aceptadas de publicidad.»
«La declaración que hizo IAB Europa a la Comisión Europea en abril de 2017 mostraba que la industria necesitaba adaptarse para cumplir con estándares más altos de transparencia y consentimiento del RGPD. Y el Marco TCF demuestra cómo se pueden superar los desafíos complejos cuando los actores de la industria se unen. Pero lo más importante es que el TCF demuestra que las ofertas en tiempo real no son «incompatibles con el consentimiento bajo el RGPD», puntualiza Paula Ortiz, Directora Jurídica y de Relaciones Institucionales de IAB Spain.
«El protocolo OpenRTB es una herramienta que se puede usar para determinar qué anuncio debe publicarse en una página web determinada en un momento dado. Como toda la tecnología, OpenRTB debe usarse de una manera que cumpla con la ley. Hacerlo es totalmente posible y se facilita en gran medida con el Marco de Transparencia y Consentimiento de IAB Europe, cuya razón de ser es ayudar a garantizar que la recogida y el tratamiento de datos del usuario se realicen de conformidad con las normas de privacidad y protección de datos de la Unión Europea».
«Las quejas formuladas contra el sistema OpenRTB y el Marco TCF -explica Ortiz- consideran que es incompatible con la ley porque hipotéticamente hay una posibilidad de que los datos se traten ilegalmente en el entorno RTB. Esta hipotética posibilidad se da porque ni OpenRTB ni el TCF son capaces de impedir físicamente que las empresas utilicen el protocolo para tratar ilegalmente datos personales. Pero la ley no exige que lo hagan».
«El RGPD no prohíbe el tratamiento de datos personales, pero establece las condiciones bajo las cuales este tratamiento es legal. Ninguna de las condiciones supone que deba ser imposible técnicamente que los datos se traten de forma ilegal».
«Un servicio en línea (como un sitio web o una aplicación) o una empresa de tecnología de publicidad que comparta o trate datos personales sin legitimación, directamente infringe la ley». «Las empresas que así lo hagan se enfrentarán a consecuencias, como ser multados con hasta el 4% de su facturación global anual ó 20 millones de euros (la cifra que sea mayor). Pero con el Marco europeo de IAB, que supone una combinación de controles técnicos y legales, las empresas que tratan datos personales en relación con la publicidad en línea pueden tratar datos personales en total cumplimiento con la ley.