El Juzgado de lo Mercantil núm. 11 de Madrid, considera que la solicitud de OCU cumple todos los requisitos formales para ser admitida y cita a las partes a una vista de conciliación el próximo 18 de junio de 2021.
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Se trata de una estrategia a nivel europeo de OCU junto con otras organizaciones miembro de BEUC, la Organización Europea de Consumidores, para mejorar sus prácticas y condiciones, a fin de que respete los derechos de los consumidores europeos y sea una red social segura donde los usuarios, especialmente los más jóvenes, puedan divertirse sin verse privados de sus derechos.
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El pasado mes de febrero, la Organización de Consumidores y Usuarios presentó una conciliación judicial contra TikTok por infracción de sus términos y condiciones, publicidad oculta y contenido engañoso en su política de artículos virtuales, entre otros motivos.
El Juzgado ha admitido a trámite la petición de OCU y cita a las partes a la celebración de una vista el próximo 18 de junio.
Asimismo, la Comisión Europea y la red de autoridades nacionales de consumidores (CPC) han iniciado un diálogo formal con TikTok para revisar sus prácticas y políticas comerciales.
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La Comisión Europea y la red de autoridades nacionales de consumidores (CPC) han anunciado el inicio de un diálogo formal con TikTok para revisar sus prácticas y políticas comerciales.
TikTok tiene un mes para responder e interactuar con la Comisión y las autoridades de la CPC, codirigidas por la Agencia Sueca del Consumidor y la Comisión Irlandesa de Competencia y Protección al Consumidor.
Por último, las reclamaciones que asimismo OCU presentó tanto a la Agencia Española de Protección de Datos, como a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, han sido remitidas a las correspondientes autoridades irlandesas, ya que nuestros supervisores consideran que no son competentes al tener la sede fuera de España.
OCU insta a TikTok a avenirse a la conciliación judicial a fin de conseguir que la plataforma sea un lugar seguro donde sus usuarios, especialmente los niños, puedan divertirse sin verse privados de sus derechos y sin estar expuestos a publicidad oculta y omnipresente y, sin saberlo, se conviertan en vallas publicitarias cuando solo están tratando de divertirse.