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- La AEPD insta a reflexionar acerca de las normativas y estándares relativos al tratamiento y conservación de datos de tráfico por los operadores de telecomunicaciones, en particular, con relación a la georreferenciación
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una nota técnica en la que se presenta un primer análisis de los riesgos para la privacidad que puede entrañar el 5G y las tecnologías que hagan uso de ella, así como un conjunto de recomendaciones. El documento está dirigido a personas interesadas en conocer las implicaciones para la privacidad derivadas de su implantación generalizada pero también a fabricantes, proveedores, operadores de servicios, empresas de telecomunicaciones y desarrolladores de aplicaciones que establezcan modelos de negocio en 5G.
La quinta generación de comunicaciones móviles (5G), cuyo despliegue en Europa comenzó a principios de 2019, ofrece mejoras a los usuarios como alta velocidad de transferencia, mayor capacidad de conexión o baja latencia -el tiempo de respuesta que necesita un dispositivo para llevar a cabo la acción que le pedimos-, lo que permitirá la puesta en marcha de aplicaciones multimedia o de realidad aumentada, el despegue definitivo del internet de las cosas (IoT) o la cirugía remota asistida, entre otras. No obstante, la implantación de esta tecnología podría incrementar los riesgos para la privacidad que ya se asociaban a las anteriores generaciones de telefonía móvil, como la geolocalización, el perfilado o la toma de decisiones automatizadas sobre las personas.
La nota técnica de la AEPD repasa a la evolución de la tecnología móvil desde su implantación, expone las nuevas posibilidades de la tecnología 5G e identifica sus riesgos, proponiendo un decálogo de recomendaciones. Entre ellas, proporcionar información particularmente clara y comprensible a los usuarios de las nuevas aplicaciones y servicios basados en el 5G; definir cuidadosamente los roles y ámbitos de responsabilidad, delimitando de forma nítida las obligaciones de desarrolladores, fabricantes, operadores y agentes en materia de protección de datos; garantizar comunicaciones cifradas extremo a extremo; adecuar el uso de decisiones automatizadas a lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, y establecer las necesarias garantías en el caso de transferencias internacionales de datos.
Finalmente, la AEPD insta a reflexionar acerca de las normativas y estándares relativos al tratamiento y conservación de datos de tráfico por los operadores de telecomunicaciones, en particular, con relación a la georreferenciación. Actualmente, las redes 4G proporcionan resoluciones con una media de 50 metros, pero con 5G se alcanzarán resoluciones inferiores a un metro en tres dimensiones