El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece las cuantías de compensación equitativa por copia privada, prevista en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual
En este RD se incluye por primera vez que revistas, diarios y partituras son sujetos titulares del derecho de compensación por razón del límite de copia privada.
Los editores de ARI agradecen al Ministerio de Cultura y Deporte, especialmente a la Dirección General de Industrias Culturales, su apoyo a esta reclamación histórica de la prensa, revistas y diarios. Así mismo agradecen la ayuda de CEDRO en este proceso.
Los ingresos por esta compensación ayudarán a la sostenibilidad del sector y al mantenimiento de medios libres e independientes. Este reconocimiento iguala a la prensa, revistas y diarios, al resto de industrias culturales y pone fin a una discriminación injustificada.
El Real Decreto, que consta de seis artículos, incluye un anexo con la relación de equipos y soportes sujetos al pago de esta compensación. Básicamente se trata de dispositivos digitales tipo smartphones, tablets, ordenadores, discos duros, USB… material de almacenamiento digital que permite la realización de copias y la reproducción de obras, de manera lícita y para uso privado, sin el necesario conocimiento u autorización del autor.
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