Aneimo vuelve a criticar a la administración española lo obsoleto de la prohibición de publicar sondeos electorales en semana de elecciones.

ANEIMO, la Asociación Nacional de Empresas de Investigación de Mercado y Opinión Pública, vuelve a insistir sobre la discriminación que supone la Ley Vigente en materia de sondeos electorales que impide «la publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación”. Se trata de, «como hemos venido denunciando en otras ocasiones, el artículo 69.7 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General 5/1985 expone que “Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación”. En el caso de las próximas elecciones autonómicas catalanas, esto quiere decir que desde mañana ya no se podrán publicar ni difundir sondeos en los medios de comunicación españoles.Desde ANEIMO –Asociación que representa el 60% del sector de los estudios de mercado y opinión- insistimos en que la ley electoral actual limita la libertad de información de los ciudadanos y discrimina a los medios de comunicación españoles. La normativa existente provoca la paradoja de que, a través de internet, cualquiera puede acceder a estudios publicados en el extranjero y que puede que no cumplan las garantías de calidad obligadas en los medios españoles. Es por lo tanto una discriminación para los ciudadanos sin acceso a internet y sobre todo para los propios medios españoles, que no pueden publicar los sondeos que contratan. Asimismo, resaltamos la anomalía que esta situación supone en el entorno europeo, donde casi ningún país contempla esta limitación temporal.
A pesar de todos estos argumentos, en el actual proceso de revisión de la Ley Electoral el congreso acaba de aprobar el pasado 10 de noviembre la proposición de ley que mantiene la limitación de pubilcar encuestas durante los últimos días de campaña (Artículo 69.7). Es decir, no se modifica de manera alguna la situación de la anterior ley de 1985, la cual Aneimo considera obsoleta en el tema de la publicación de encuestas que, no obstante, aún podría ser mejorada en el trámite en el Senado.

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