AUC denuncia ante la SETSI páginas web que promueven la anorexia y la bulimia

La Asociación de Usuarios de la Comunicación denuncia ante la SETSI páginas web que promueven la anorexia y la bulimia. La legislación permite requerir a los responsables, pero también a los difusores e incluso a los buscadores, que impidan el acceso a esos contenidos. La ASOCIACION DE USUARIOS DE LA COMUNICACIÓN (AUC) ha denunciado ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) la impunidad con la que se mantienen en Internet páginas web que promueven entre chicos y chicas la anorexia y la bulimia, a pesar de sus potenciales efectos perjudiciales para la salud física y psíquica de éstos, incluyendo el riesgo de muerte.

En estas páginas, a las es muy fácil acceder a través de los buscadores, se publican fotos de adolescentes, especialmente chicas, extremadamente delgadas, y se anima a las jóvenes a perseverar para la consecución de sus “ideales” y “estilo de vida” basados en esa delgadez extrema. Además, ofrecen algo que la Asociación considera especialmente grave por su intemporalidad: consejos “útiles” para conseguir que el rechazo a la comida pase desapercibido ante compañeros, familia, amigos, profesores, etc., con trucos para ocultar que no se ha probado bocado o que se ha vomitado lo ingerido.

La mayoría de las páginas webs encontradas adoptan el formato de blogs, y en su seguimiento AUC ha podido comprobar algunas que incluyen comentarios, posts o entradas recientes, lo que significa que están activas. En todo caso, los mensajes a favor de la anorexia están ahí, en la red, y son intemporales.

La Asociación de Usuarios de la Comunicación basa su denuncia en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que prevé la posibilidad de retirar contenidos o impedir la difusión de webs que atenten contra la salud de las personas o atenten contra la protección de la juventud y de la infancia. Esta norma atribuye competencias a la administración en este campo para requerir el cese y la retirada de tales contenidos, considerándose infracción muy grave el incumplimiento por parte del prestador del servicio, sin menoscabo de la necesaria resolución judicial en caso que afecten a derechos constitucionales como la libertad de expresión. Además, la norma permite actuar no sólo en relación a los responsables de las webs, sino también requiriendo a los alojadores y almacenadores de contenidos, a los difusores e incluso a los buscadores para que impidan el acceso a esos contenidos ilícitos.

No Comments Yet

Leave a Reply

SUSCRÍBETE AL BOLETÍN

Regístrate para recibir las últimas novedades del Programa de La Publicidad en tu email