AUC pide espectro suficiente para la televisión pública y un despliegue simultáneo de todos los múltiplex de oferta privada, sufragado por los operadores

La Asociación recuerda que, de acuerdo con la Ley de Economía Sostenible, los gastos del dividendo digital deberían ser sufragados con cargo a los ingresos que aportaron las subastas del espectro radioeléctrico entre los operadores de telecomunicaciones. La Asociación de Usuarios de la Comunicación ha defendido que el Plan Técnico Nacional de la TDT siga asignando dos múltiplex de modo permanente a la televisión pública estatal, con el fin de que ésta pueda cumplir con su papel de locomotora en el I+D+I audiovisual y en el desarrollo de la alta definición.

En su escrito de observaciones, aportado al Consejo de Consumidores y Usuarios para las alegaciones de éste ante el CATSI, AUC pide también que se fije un fecha para los concursos de las nuevas licencias televisivas y un despliegue simultáneo de los cinco múltiplex reservados para los canales privados de la TDT, con el fin de racionalizar el proceso, garantizar la calidad en la recepción de los canales estándar y de alta definición, y que los ciudadanos no tengan que padecer sucesivas reantenizaciones y resintonizaciones de su equipamiento audiovisual.

En relación a esas adaptaciones del equipamiento, la Asociación pide que se mantengan como documentos de obligada entrega al usuario por parte de los antenistas, no sólo copias de los boletines de instalación, sino también el protocolo de pruebas normalizado que se menciona en el Anexo VII de la Orden ITC 1142/2010, en la medida en la que contiene los datos técnicos que acreditan la correcta adaptación de la instalación. Asimismo, consideran que debería mantenerse, como obligación general o, al menos, a petición del usuario, el depósito por vía telemática en la SETSI de dichos documentos en prevención de posibles reclamaciones.

Finalmente, AUC se refiere a la disposición final primera del Proyecto de Real Decreto, según la cual se modifica la actual normativa para determinar que “los usuarios no podrán reclamar la protección frente a posibles interferencias causadas por otras señales de telecomunicaciones distribuidas en esas bandas, aunque la emisión de esas señalas se produzcan con posterioridad al diseño y construcción de la ICT”. Teniendo en cuenta que, por otra parte, queda claro que debe garantizarse la debida protección a las señales de televisión frente a las de otros servicios, la Asociación de Usuarios de la Comunicación pide que se aclare en qué circunstancias se pretende impedir el derecho a reclamar de los usuarios. No sería de recibo que un ciudadano que empieza a sufrir interferencias en la recepción de la TDT, con una instalación adecuada, debido a la expansión de la banda ancha, no pueda exigir el cumplimiento de la garantía de debida protección a la señal del servicio televisivo que en la propia disposición final se contempla.

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