Bruselas investiga a Canal+ y otras TV de pago europeas por sus acuerdos exclusivos territoriales de películas con estudios Fox, Warner, Sony, Paramount y NBC

La Comisión Europea ha abierto una investigación formal sobre si las cláusulas de exclusividad territorial de los acuerdos exclusivos entre grandes estudios cinematográficos y las principales televisiones europeas de pago, como la propietaria de Canal Plus, DTS, por vulnerar las normas de competencia de la UE. La investigación afecta también a los canales BSkyB (UK), Canal Plus (Francia), Sky Italia (Italia) y Sky Deutschland (Alemania), con acuerdos firmados con Twentieth Century Fox, Warner Bros, Sony Pictures, NBCUniversal y Paramount Pictures. Sin embargo el vicepresidente de la Comisión y responsable de Competencia, Joaquín Almunia, ha dicho que la investigación no cubre el fútbol de pago porque tras un fallo del Tribunal de Justicia de la UE en octubre de 2011 que declaró ilegales las cláusulas de exclusividad territorial, éstas «se están eliminando o han sido eliminadas», no así en el sector audiovisual, según RTVE.

El objetivo de la Comisión es que un ciudadano que resida en un país miembro de la UE pueda «contratar un servicio de televisión de pago para ver películas u otros contenidos audiovisuales con independencia del país donde esté establecido este servicio». Las disposiciones que cuestiona Bruselas son las que conceden la «protección territorial absoluta», es decir, garantizan que las películas concedidas bajo licencia por parte de los estudios estadounidenses se difundan únicamente en el Estado miembro donde la plataforma de TV emite por televisión e Internet. Estas películas no pueden emitirse fuera del país en cuestión, incluso si llega una petición de gente que quiera abonarse en otros Estados.

La Comisión cree que estas cláusulas podrían infringir las reglas de la UE en materia de cárteles y abuso de posición dominante, que prohíben los acuerdos cuyo objetivo sea restringir la competencia. El Tribunal de Justicia de la UE ya dictaminó en octubre de 2011 que los acuerdos de exclusividad territorial para la retransmisión de partidos de fútbol en plataformas de pago son ilegales. La sentencia apuntó que estas cláusulas eliminan toda competencia entre diferentes organismos de radiodifusión en el ámbito de dichos servicios, compartimentando los mercados según las fronteras nacionales.

Los jueces afirmaron además que estas disposiciones no pueden justificarse por la necesidad de garantizar una remuneración apropiada a los titulares de los derechos, ya que ésta puede calcularse teniendo en cuenta la audiencia real y potencial tanto en el Estado emisor como en cualquier otro país receptor.

No Comments Yet

Leave a Reply

SUSCRÍBETE AL BOLETÍN

Regístrate para recibir las últimas novedades del Programa de La Publicidad en tu email