Calvin Klein pierde la marca CK a favor de Zafra Marroquineros en su disputa por el registro de la marca «CK Creaciones Kennya» . Así lo decidió la Sala Primera del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) al desestimar el recurso de casación presentado por la compañía estadounidense Calvin Klein, confirmando la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas. El TJCE daba la razón a la española Zafra Marroquineros en su disputa por el registro de la marca «CK Creaciones Kennya» como marca comunitaria. La Sentencia del TJCE confirma la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, desestimando la solicitud de Calvin Klein de anular la resolución de la OAMI. A este respecto señaló, en primer lugar que, “contrariamente a lo alegado por la recurrente en la primera parte de su primer motivo, el análisis del Tribunal de Primera Instancia no adolece de ningún error de Derecho por el hecho de que éste no haya tenido en cuenta la actuación supuestamente abusiva del solicitante de la marca”. En segundo lugar, declaró acertada la Conclusión del Tribunal de Primera Instancia de que a pesar de la notoriedad de las marcas anteriores y de la identidad de los productos designados por las marcas en conflicto, no existía riesgo de confusión entre dichas marcas. Y, finalmente declaró que el artículo 8.5 del Reglamento nº 40/94 de Marcan Comunitaria es «manifiestamente inaplicable cuando, como sucede en el presente asunto, el Tribunal de Primera Instancia descartó toda similitud entre las marcas en conflicto» y condena a Calvin Klein en costas.