El Consejo de Administración se reunió este lunes para emitir su dictamen sobre la oferta pública de canje realizada por el Grupo Bolloré. La Junta examinó primero las conclusiones preparadas por el experto independiente (Sorgem Evaluatión) nombrado el 17 de octubre de 2014, que concluye que la relación de canje es razonable «que ofrece una prima […] en el valor intrínseco de Havas.» La ecuación de canje propuesta para los BSAARs también se considera como justo. El Consejo también destacó que la oferta había recibido una acogida favorable por parte del Comité de Grupo (Comité de groupe) el 27 de octubre de 2014. Teniendo en cuenta en particular la equidad de la oferta certificada por el experto y la respuesta favorable de los empleados representados en el Comité de Grupo, la Junta recomienda accionistas de Havas y titulares de Havas BSAARs ofrecer sus títulos a la oferta. La Junta tomó nota de la voluntad del Grupo Bolloré de acompañar el desarrollo de Havas, así como la confianza en las orientaciones estratégicas, del Grupo Bolloré. El Consejo consideró que la oferta se hizo en interés de Havas, de sus empleados y sus accionistas, señala la compañía en un comunicado.
Los miembros del Consejo de Administración de ambas Havas y Bolloré (como Yannick Bolloré, Bolloré SA, representada por el Cédric DE BAILLIENCOURT y, Financière de Sainte-Marine, representada por Gilles Alix) no tomaron parte en el voto. Yannick Bolloré, presidente y consejero delegado del Grupo Havas, dijo: «Estoy encantado por la opinión positiva emitida hoy por el Consejo de Administración de Havas. También me complace que esta oferta fue favorablemente acogida por el Comité de Grupo. El éxito de esta transacción permitirá a nuestro grupo para beneficiarse del apoyo de un accionista a largo plazo aún más y por lo tanto facilitará nuestro desarrollo en el futuro «.
Este comunicado de prensa no constituye y no se considerará que constituyen una oferta pública, ni una invitación o una solicitud de una oferta pública en cualquier jurisdicción.
En los Estados miembros del Espacio Económico Europeo distinto de Francia («los Estados miembros»), que han puesto en práctica la Directiva de Folletos, no se ha llevado a cabo ninguna medida y se comprometió a hacer una oferta pública de valores con publicación de un folleto en cualquiera de los Estados miembros. Por lo tanto, los valores sólo pueden ser ofrecidos en los Estados miembros
Este comunicado de prensa no se emite y no ha sido aprobado por una persona autorizada («persona autorizada») en el sentido del artículo 21 (1) de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000. Por lo tanto, se dirige este comunicado de prensa y dirigido sólo a personas que (i) están fuera del Reino Unido, tienen experiencia profesional en asuntos relacionados con las inversiones contempladas en el artículo 19 (5) de la Financial Services and Markets Act 2000 (Financial Promotion) Order 2005, (iii) y se hace referencia en el artículo 49 (2) (a) a (d) (empresas de alto patrimonio, asociaciones no constituidas, etc.) de la Financial Services and Markets Act 2000 (Financial Promotion) Order 2005 o (iv) a cualquier otra persona a quien llegue este comunicado de prensa deben tratarse de acuerdo con las leyes aplicables (personas que figuran en (i), (ii), (iii) y (iv) en conjunto se conoce como «personas relevantes»). Los títulos están disponibles sólo para las personas relevantes, y cualquier invitación, oferta o acuerdo de suscripción, compra o de otro modo adquirir dichos valores se dedican únicamente con personas relevantes. Este comunicado de prensa o cualquiera de sus contenidos no deben ser objeto de decisiones o invocados por personas que no sean personas relevantes. Este comunicado de prensa no es un folleto que ha sido aprobado por la Autoridad de Servicios Financieros o cualquier otra autoridad reguladora del Reino Unido para los fines de la Sección 85 de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000.
«Este comunicado de prensa no constituye una oferta de valores, ni una solicitud o invitación a comprar o suscribir valores en los Estados Unidos. Los valores no han sido y no serán registrados bajo la US Securities Act de 1933, modificada (la «US Securities Act») y no pueden ser ofrecidos o vendidos en los Estados Unidos, o por cuenta o en beneficio de una entidad de EE.UU» -señala Havas