«La Publicidad Institucional siempre está en el límite de lo que puede entenderse como publicidad o propaganda» señaló el Presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, este martes ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) de Relaciones con el Tribunal de Cuentas respecto al gasto en publicidad institucional entre 2010 y 2012. El informe sacó los colores, de nuevo, a la gestión de la etapa socialista, del dinero público, concretamente a los Ministerios de José Blanco, Miguel Sebastián y Bibiana Aido, con información del periodo, tras la reducción de un 75,5% esta partida, desde 80,83 millones de euros repartidos en 86 contratos a 19,8 millones en 45 campañas. También puso en cuestión la utilidad de usar empresas públicas para contrataciones privadas como en el caso de Red.es y empresas del sector hidrológico. En concreto el Informe de fiscalización sobre contratos de publicidad y comunicación institucional suscritos por Departamentos Ministeriales y Organismos del Área de la Administración Económica del Estado, ejercicios 2010, 2011 y 2012, fiscaliza 27 campañas realizadas por los ministerios de Fomento, Industria y Sanidad, así como por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y el Instituto de la Mujer, por un importe total de 27,63 millones de euros, un 51% del gasto del Estado en publicidad institucional durante los años 2010 a 2012.
El informe destaca si las campañas que sí se realizaron «aseguraron el máximo aprovechamiento de los recursos públicos» dado que la información proporcionada por los diferentes organismos y ministerios «no es exacta» bien porque no incluya todas las campañas realizadas o bien porque no se consigne la totalidad del gasto. «La mayoría de las entidades analizadas consideran ‘campaña de publicidad y comunicación’ casi exclusivamente los contratos de creatividad y medios, y no formas de comunicación tales como ‘merchandising’, contratos de patrocinio, cartelería o folletos’, dejando por tanto fuera del informe anual este tipo de acciones. Por eso, sugiere que la Secretaría de Estado de Comunicación delimite estos conceptos de forma más clara.
Entre las críticas el Tribunal señala una «planificación poco rigurosa» dada la existencia de «numerosas campañas sobrevenidas» y pone, entre otros,la campaña socialista del Ministerio de Fomento con José Blanco, donde el 75% de las acciones planificadas para 2010 no se ejecutaron y, sin embargo, sí se llevaron a cabo tres campañas sobrevenidas que supusieron el 14% del gasto planificado. Al ejercicio siguiente, casi la mitad del presupuesto de publicidad (48%) se destinó a una campaña que no había sido prevista en el plan anual, señala una información de Europa Press.
El organismo fiscalizador critica también la «escasa utilización de mecanismos para la cuantificación y valoración de los objetivos de eficacia, austeridad y eficiencia» de las campañas, tanto previos como posteriores, lo que «no permite acreditar su cumplimiento». Y, en este sentido, pide a la Secretaría de Estado de Comunicación que también proponga este tipo de indicadores mientras considera que con carácter general se cumplió la normativa relativa a la publicidad institucional, que tuvo «objetivos coherentes» con las entidades que llevaron a cabo las diferentes campañas, respetó las prohibiciones establecidas y no tuvo lugar en periodo electoral.
De hecho, entre 2010 y 2012 el Comité de Recursos de la Comisión de Publicidad sólo recibió una reclamación solicitando el cese o suspensión de la campaña institucional ‘Promoción del uso de medicamentos genéricos’, que fue desestimada. El Tribunal de Cuentas critica que en el periodo fiscalizado aún no estuvieran aprobados los pliegos de cláusulas generales para la contratación de las campañas institucionales, a pesar de que el Consejo de Ministros estaba obligado a hacerlo desde 2005. Por este motivo, los organismos fiscalizados siguieron con carácter general las recomendaciones de la Guía Práctica de Publicidad y Comunicación Institucional aprobada por la Comisión.
Sobre la decisión del Gobierno de aprobar un acuerdo para que la compra de espacios en medios de comunicación y demás soportes publicitarios en campañas de publicidad institucional de forma centralizada, un mecanismo que se estima que «supondrá una evidente mejora».
Entre las principales incidencias detectadas en cada organismo fiscalizado en el Ministerio de Fomento, se critica que se licitara un procedimiento por la vía de urgencia argumentando el vencimiento del contrato anterior, una justificación que «no es suficiente». Al respecto señala que los contratos de creatividad de Fomento son «genéricos para todas las campañas», fijándose las tarifas por horas/técnico, lo que dificulta la comprobación de las horas facturadas; y reprocha que se reconociera con un año de retraso un gasto de 20.237 euros por un contrato de medios.
Con el Ministerio de Industria, la fiscalización ha detectado una factura de 98.658 euros de 2010 por anuncios anteriores a la entrada en vigor del contrato, el gasto de 314.331 euros en actividades complementarias que no fueron aprobadas expresamente, pagos de 7.250 euros indebidamente facturados por comisiones de agencia, un importe de 739.221 euros que no han podido comprobarse por no aportarse justificación de las tarifas aplicadas para algunos medios, y la falta de certificados de emisiones en Internet para comprobar 661.565 euros.
También critica que en algunas encomiendas realizadas por este Ministerio se incluía la previsión de subcontratar hasta un 94% del proyecto, «la práctica totalidad de las actividades y de las actuaciones publicitarias», lo que «desvirtúa» el contrato, «aleja» el control y «encarece» el precio. Por ello, recomienda a Industria que designe un responsable que supervise la ejecución de los contratos de publicidad institucional y tome las decisiones necesarias, y que «procure» que la entidad que reciba encomiendas de gestión sea «idónea para ejecutar por sí misma» el objetivo del contrato.
En cuanto al Instituto de la Mujer, el Tribunal critica que los pliegos del contrato de difusión de la campaña informativa de prevención de embarazos no deseados «no contemplara la posibilidad de que hubiese una gran heterogeneidad de propuestas» y permitiera dar la máxima valoración a las ofertas en grupos de bajo coste por acción. Unas «importantes diferencias» en las puntuaciones de cada oferta y que finalmente resultara adjudicataria la empresa «peor puntuada en la valoración técnica y que sólo obtuvo la máxima puntuación en dos apartados económicos» que suponían apenas el 2% del coste total.
Por ello, el Tribunal le recomienda al Instituto que «incremente el grado de objetividad» en sus concursos «delimitando y ponderando los métodos de valoración y excluyendo aquellos extremos no acordes con la racionalidad y la eficiencia», así como precisando con más detalle en los pliegos las obligaciones asumidas por el contratista.