El TUE avala que los estados de la UE obliguen a retransmitir en abierto la fase final de la Copa del Mundo y de la Eurocopa, al ser acontecimientos de "gran importancia" .

España, uno de los pocos países que no ha notificado al Ejecutivo comunitario ninguna lista para ser aprobada.La propia Comisión Europea ha celebrado el fallo del Tribunal General de la Unión Europea (TUE) de este jueves, por el que un Estado miembro puede obligar a retransmitir en televisión en abierto los partidos de fútbol de la fase final de la Copa del Mundo y de la Eurocopa, al tratarse de acontecimientos de «gran importancia» para la sociedad. Para el TUE prohibir la emisión de estos partidos solo en plataformas de pago, es una restricción a la libre prestación de servicios y a la libertad de establecimiento. Pero esta restricción «queda justificada por el reconocimiento del derecho a la información y la necesidad de garantizar un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de estos acontecimientos». Es decir que se podrán seguir estos eventos deportivos -que en España se llaman «de interés público»- gratuitamente. La Comisión Europea se ha felicitado por la sentencia, en rueda de prensa el portavoz comunitario de la Agenda Digital, Jonathan Todd. Sin embargo, setencia del TUE se refiere a casos de Bélgica y Reino Unido, para retransmitir en abierto todos los partidos de la fase final de la Copa del Mundo y de la Eurocopa, en el primer caso; y todos los partidos de la fase final de la Copa del Mundo, en el segundo, en respuesta a los recursos de FIFA y la UEFA que recurrieron esta autorización ante la justicia europea. Para el portavoz Todd la directiva sobre servicios audiovisuales permite a los Estados miembros decidir qué acontecimientos deportivos como Juegos Olímpicos, Copa del Mundo de fútbol u otros encuentros, pueden seguirse gratuitamente por el público en general. Bruselas ha dado ya su visto bueno a las listas propuestas de Bélgica y Reino Unido, pero también de Austria, Finlandia, Francia, Alemania Irlanda e Italia, por considerarlas acordes y «plenamente compatibles» con la norma comunitaria. España no ha notificado al Ejecutivo comunitario ninguna lista para ser aprobada.

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