Expedientes sancionadores a RTVE y Mediaset por publicidad encubierta y a Atresmedia por deficiencias en calificación de edades

La CNMC sanciona con 528.373 € a Mediaset por publicidad encubierta en el programa “Sálvame Naranja” y a Atresmedia por incumplir los criterios del Código de Autorregulación en la calificación por edades. Se trata de multas a Atresmedia y a Mediaset de 594.102 y 528.373 euros, respectivamente, en concrero por incumplimiento del Código de Autorregulación Infantil, en Neox, y publicidad encubierta, en el programa de Tele 5 ‘Sálvame Naranja’.

Respecto a Mediaset, la CNMC afirma que ha contravenido el artículo 18.2 de la LGCA, durante la emisión del programa “Sálvame Naranja” emitido los días 11 y 30 de junio de 2015. En el mismo se difundió un microespacio de carácter divulgativo relacionado con la salud, denominado “Aprende a cuidarte”, protagonizado por el Doctor Gutiérrez, junto con el presentador del programa. En ningún momento de la emisión del microespacio se advirtió de su tratamiento como publicidad ni apareció ninguna sobreimpresión en ese sentido. La CNMC considera que existe una clara vinculación entre los consejos impartidos en los microespacios de salud y las telepromociones, mediante fórmulas que reenvían de manera obvia a los productos promocionados posteriormente en el mismo programa. Por tanto, esta forma de presentación es susceptible de contribuir a generar una confusión o error al telespectador sobre la naturaleza y carácter del microespacio relativo a los consejos sobre la salud. El artículo 18.2 de la Ley LGCA, prohíbe la publicidad encubierta: “Está prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) explica también en su nota, que Neox, de Atresmedia, vulneró el artículo 7 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), al haber calificado la serie “Dos hombre y medio” como “apta para todos los públicos” y haber emitido desde el 30 de junio de 2015 hasta el 30 de octubre de 2015, 327 capítulos de esta serie, 20 de ellos ocupando parte de la franja horaria de protección reforzada (que va desde las 17 horas a las 20 horas de lunes a viernes). Por ello, le impone una sanción de 484.852 €. Además en el expediente referido a la película “American Playboy”, emitida también en Neox con la calificación de no recomendada para menores de 12 años, la CNMC considera que la temática de la película, las imágenes de contenido sexual explícito y los contenidos relacionados con relaciones sexuales por interés económico merecen una calificación de +16 o +18. Así señala a Atresmedia como autora de una falta de carácter grave tipificada en el artículo 58.12 de la LGCA, por incumplimiento del Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia.

La sanción impuesta es de 109.250 € contra la podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses. Mediaset también fue sancionada por la emisión de la misma película, e identicas salvedades en enero del 2015.

La CNMC ha anunciado también un expediente sancionador a RTVE por posible incumplimiento del artículo 18.2 de la LGCA, al emitr publicidad encubierta en el programa ‘La mañana’. En concreto, durante la emisión del programa que presenta Mariló Montero el 29 de marzo del 2016, «se emitió sin identificación publicidad que se puede calificar como encubierta de una franquicia de gimnasios». La CNMC aprecia la posible existencia de una finalidad publicitaria y promocional, con una posible incitación directa a la utilización de los servicios de este gimnasio.

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