Hacienda pone en audiencia pública el RD de Publicidad del Juego. Afectará al uso de niños y famosos y a»El Niño»

El Ministerio de Hacienda ha puesto en audiencia pública el proyecto del Real Decreto sobre publicidad del juego, que desarrolla la ley de 2011 de regulación del sector en su actividad publicitaria y comunicativa. El nuevo Reglamento de Publicidad del Juego tramitado por la Dirección General del Juego está en trámite de audiencia pública. El texto está basado en El Código de Autorregulación de la Publicidad convertido en RD. Un Código que la Dirección General del Juego ha convertido en Real Decreto y que -a diferencia de antes- vincula a todos los operadores.

El Gobierno prohibirá la utilización de imágenes o la voz de menores en los anuncios de juegos y sorteos, medida que incluirá también posibles campañas del ‘Gordo’ de Navidad con los niños de San Ildefonso, según recoge el borrador del Real Decreto para regular las comunicaciones comerciales del juego y juego online. Un documento que incluye una disposición adicional del régimen de retransmisión de determinados sorteos de Lotería’ y considerará incompatibles con el principio de protección de menores la participación de los niños de San Ildefonso en la celebración de los sorteos de Lotería Nacional ni la denominación ‘Sorteo de El Niño’. Otras prohibiciones con menores caerán en terreno de los patrocinios, y esta comunicación no podrá estar en acontecimientos deportivos o retransmisiones en que participen niños con las limitaciones horarias en los medios audiovisuales.

El texto basado en texto de autorregulación anterior es menos estricto, sin embargo, con la publicidad en radio que con la de televisión. Un medio que n 2013, se llevó el 40% de la inversión de los operadores de juego y la televisión, especialmente en retransmisiones deportivas el 31%, mientras internet y el resto solo lograron un 9%. Una dicriminación a favor de la radio, ya que mientras televisión solo podrá emitir publicidad del juego por la noche (de 22 a 6 horas), en radio solo se prohíbe en horario de protección reforzada (de 8 a 9h y 17 a 20h en días laborables y de 9 a 12 horas sábados, domingos y festivos o en programas dirigidos a menores. Pero la norma puede no cumplirse durante las retransmisiones deportivas en directo, aunque estén dentro de dichas franjas, si no se se incluyen informaciones concretas sobre premios o cotizaciones y se diferencie “claramente la comunicación comercial de la retransmisión del evento en sí», y no aparecen menciones en la narración o los diálogos de los encargados de aquella, extremo que actualmente incumplen la mayoría de programas, con locutores que hacen comentarios sobre lo que ofrecería un portal de apuestas en determinados supuestos.

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