Si se concentra en los consumidores la cantidad económica a compensar, ello supondrá una mayor esfuerzo económico para los ciudadanos. Tal y como hacía presagiar un informe previo del pasado mayo, la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de noviembre sobre la aplicación en España del llamado “canon digital”, podría convertir a los ciudadanos particulares en los únicos obligados a pagar dicho canon, importe económico que reciben los creadores y productores a través de las sociedades de gestión como compensación del derecho a la copia privada. En contra de lo señalado en algunos sectores, ya sea por interés o por desconocimiento, la sentencia del TUE ratifica la legalidad del canon digital, pero no de modo “indiscriminado” a todos los equipos y soportes que se comercializan, sino sólo a los adquiridos por los consumidores, a los que se atribuye una mayor probabilidad de utilización para realizar copias privadas de contenidos protegidos por la normativa de propiedad intelectual.Por ello, la AUC señala que «en la compensación por copia privada, cuando se aplica un canon a equipos y soportes, el único criterio objetivo es graduar esa compensación en función de la capacidad de grabación y almacenamiento de dichos equipos y soportes, y no de su supuesto uso, siempre difícil de evaluar, y siempre sin menoscabo de las excepciones que puedan establecerse a favor de ámbitos sociales, educativos y culturales. El Tribunal Europeo parte de la presunción –o del prejuicio- de que la copia privada de contenidos protegidos sólo se realiza a través de equipos y soportes adquiridos por los ciudadanos particulares, cuando todos los estudios de mercado demuestran que la realidad es otra. Ya es injusto de por sí que sean los usuarios finales los que satisfagan la compensación por el derecho a la copia privada, cuando son otros agentes de la cadena de valor (operadores de telecomunicaciones, la industria de las TICs) los que se lucran de un modo importante gracias a ese derecho. Pero sería aún más injusto que acabaran pagando el canon sólo aquellos ciudadanos particulares que, por sus circunstancias, no puedan beneficiarse de la adquisición o aprovisionamiento de equipos y soportes aprovechando contextos profesionales y laborales. Por otra parte, si se concentra únicamente en los consumidores la cantidad económica a compensar, ello supondrá una mayor esfuerzo económico para los ciudadanos. La Asociación de Usuarios de la Comunicación defiende la armonización entre el derecho de acceso a la cultura y el entretenimiento y los derechos de propiedad intelectual, y considera también prioritaria una armonización de los procedimientos de compensación por copia privada a nivel europeo a favor de su mayor transparencia y equidad.