Tras los resultados del VI Informe de la Comisión de Seguimiento del Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia, la AUC manifesta el papel marginal del Código como herramienta de protección de los menores ante los contenidos televisivos. “Causa sonrojo” la escalada de acusaciones entre cadenas. La Asociación de Usuarios de la Comunicación señala que «a pesar del amplio debate social existente sobre determinados programas como «Sálvame» emitidos en la franja de protección reforzada, no se consigue que las parrillas adecuen su contenido a la normativa legal. Las quejas presentadas y aceptadas, aunque significativas, son sólo un pálido reflejo del problema existente en la oferta televisiva española».
Para la Asociación de Usuarios de la Comunicación “causa sonrojo” la escalada de acusaciones entre cadenas con el fin de ver quién infringe más el Código de Autorregulación Televisiva. La Asociación considera que las posibles sanciones legales a las cadenas se contemplan para el caso del incumplimiento del Código, pero no para su infracción. Tras la difusión pública el día de ayer de los resultados del Sexto Informe de la Comisión Mixta de Seguimiento del Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia, «estamos asistiendo a un cruce de acusaciones y reproches entre algunas cadenas de televisión con el fin de demostrar quiénes son las que más infringen el mencionado Código».»Causa sonrojo observar cómo dichas televisiones se empecinan en utilizar sesgadamente los datos para atacar al competidor, en lugar de reflexionar sobre cómo promover una mayor eficacia, un conocimiento más amplio y una mejora de credibilidad del Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia».
Con respecto a las repercusiones legales que el incumplimiento del Código podría tener para las cadenas, AUC interpreta que «la infracción del mismo no conlleva inicialmente ninguna consecuencia en ese sentido, aunque sí podría tenerla el emitir contenidos sobre los que el Comité de Autorregulación se hubiera ya pronunciado considerando inconveniente su difusión. La normativa en España experimentó un cambio fundamental en relación a la posible obligación legal de cumplir los Códigos de regulación Voluntaria tras la modificación en 2009 de la Ley de Competencia Desleal».
En consonancia con esta norma, la Ley General de la Comunicación Audiovisual, reconoce el derecho de las televisiones a la autorregulación. Señala que las autoridades audiovisuales deben velar por el cumplimiento de los códigos y, entre éstos, del Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia. Considera infracción grave, sancionada con multas de 100.001 hasta 500.000 euros, el incumplimiento de los códigos de autorregulación, teniendo en cuenta que la acumulación de cuatro infracciones graves en un mismo año natural supone una infracción muy grave, con multas de de 500.001 hasta 1.000.000 de euros.
la Ley General establece como criterio para determinar la cuantía de la sanción que se imponga, entre otros, la inclusión de la conducta sancionada en un código de autorregulación que obligue al infractor como conducta prohibida. En el caso del Código de Autorregulación, hay que tener en cuenta que la emisión de contenidos inadecuados para los menores en las franjas de protección reforzada está prohibida por la Ley general de la Comunicación Audiovisual y considerada en sí misma infracción grave.
Para AUC «El Código adolece de carencias importantes, que le convierten en el peor modelo de autorregulación entre los existentes en nuestro país: no existe una instancia independiente que evalúe las quejas, lo que convierte a las televisiones en juez y parte; no existe ningún tipo de consecuencia para las cadenas que incumplen el Código, y tampoco se ha desarrollado un procedimiento con suficientes garantías para los espectadores que reclaman». «Además, las cadenas han incumplido su compromiso de difundir el Código entre los ciudadanos, de modo que su existencia es desconocida para la gran mayoría y, entre aquéllos que lo conocen no despierta ninguna confianza como herramienta eficaz de vigilancia, control y sanción de la programación inadecuada. Por todo lo anterior, la Asociación de Usuarios de la Comunicación, que participa en la Comisión Mixta de Seguimiento del Código en representación del Consejo de Consumidores y Usuarios, pide una revisión en profundidad del mismo, una mayor exigencia en su cumplimiento de acuerdo con el marco legal existente y una verdadera difusión del Código entre los espectadores que genere la necesaria presión social para procurar su cumplimiento».