La CMT aprueba un nuevo sistema de gestión de datos de los abonados que entrará en vigor 18 meses después de la circular reguladora.

El Consejo de la CMT ha aprobado una circular por la que se crea un nuevo sistema de gestión de datos de los abonados (SGDA). El objetivo es adaptar el actual sistema a la normativa vigente y hacer más ágil la plataforma de carga y descarga de los datos. El SGDA es una base de datos creada por la CMT en la que se recogen los datos de los clientes de los operadores a los que se les ha proporcionado numeración. Esta base de datos es empleada por servicios de emergencia, fuerzas y cuerpos de seguridad, operadores que elaboran guías telefónicas y operadores que prestan servicios de consulta telefónica sobre números de abonado (118XY).

Las entidades que desean acceder a los datos de los abonados deben solicitarlo a la CMT y empezar a prestar el servicio en un plazo máximo de 6 meses, según se recoge en la circular. Además, únicamente podrán usar los datos para el servicio para el cual se les ha habilitado y deberán respetar la normativa vigente en materia de protección de datos personales, cuya salvaguardia corresponde a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Por su parte, deben proporcionar al SGDA los datos actualizados de sus abonados todos los operadores que empleen numeración contenida en el Plan Nacional de Numeración (telefonía móvil, fija, vocal nómada…).

Con la nueva circular aprobada por la CMT se simplifica la información que los operadores deben facilitar de cada abonado y, además, se reduce significativamente el número de archivos que los operadores suministran y que las entidades habilitadas descargan. Los operadores deben suministrar los datos actualizados del abonado, si el abonado desea o no aparecer en guías de teléfonos y si desea o no recibir publicidad. Cualquier actualización en los datos debe ser remitida al SGDA por parte del operador en un plazo máximo de 10 días. Los datos del abonado que ha renunciado a aparecer en las guías y servicios de consulta ya no podrán ser consultados por los prestadores de estos servicios, aunque sus datos seguirán siendo accesibles para los servicios de emergencia y las fuerzas y cuerpos de seguridad. La nueva plataforma del SGDA entrará en funcionamiento en un plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la circular.

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