Se trata de posibles prácticas restrictivas de la competencia en el ámbito de la gestión de derechos de propiedad intelectual relativos a contenidos musicales emitidos a través de operadores de televisión. El presente expediente tiene origen en una serie de denuncias interpuestas por diversos particulares que se identifican como socios de SGAE. Sobre la base de estas denuncias, la Dirección de Investigación inició una información reservada. A la vista de la información recabada, la Dirección de Investigación considera que existen indicios racionales de la comisión, por parte de SGAE, de una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, consistente en consistente en el abuso de su posición de dominio en el mercado de gestión de derechos de reproducción y comunicación pública correspondientes a autores y editores de contenidos musicales que se emplean en la emisión de espacios televisivos en España.
El abuso derivaría de la fijación por SGAE, a través de sus acuerdos con determinados operadores de televisión, de condiciones que podrían restringir y distorsionar injustificadamente la capacidad de los operadores de televisión para determinar autónomamente los contenidos musicales que emplean en sus espacios televisivos, así como de los descuentos aplicados por SGAE a determinados operadores de televisión en la remuneración de los de derechos de reproducción y comunicación pública correspondientes a autores y editores de contenidos musicales que se emplean en la emisión de espacios televisivos en España, en base a criterios discriminatorios y poco transparentes