La CNMC sanciona a Atresmedia por vulnerar Ley de Comunicación Audiovisual, con multa de 270.002 euros

«Se trata de sanciones pendulares con las que la CNMC sanciona al otro grupo audiovisual tras cada sanción a uno de los grupos», señalan expertos del sector tras el anuncio ayer de cinco multas a Mediaset por sobrepasar límites de emisión publicitarios. Expertos consultados por El Programa de la Publicidad consideran que se trata de sanciones «pendulares» con las que la CNMC trata de compensar las sanciones a uno u otro grupo con otra sanción equivalente a su rival». «Siempre ocurre: es muy difícil observar una sanción a una sin que la CNMC compense a continuación o simultáneamente con otra sanción al otro gran grupo de comunicación audiovisual, con uno u otro motivo». «En este caso parece un tema menor, con una película muy antigua, comparado con los exabruptos en horario infantil de algunos programa de tarde, muy alejados de ser aptos para menores».

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) en este caso ha impuesto una multa a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S. A por incumplir determinados artículos de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). La CNMC considera que la compañía es responsable de la comisión de dos infracciones administrativas graves, por haber emitido, en su canal Mega, de emisión nacional, la película “007: Licencia para matar” con la calificación de “apta para todos los públicos”, el día 26 de octubre de 2015 (lunes), entre las 15:23:25 y las 18:04:30 horas, parte de ella en protección reforzada y que, por la temática abordada, escenas e imágenes, presenta unos contenidos audiovisuales inadecuados para los menores de 12 años, que pueden resultar perjudiciales para su desarrollo físico, mental, o moral.

Estos hechos incumplen lo dispuesto en el artículo 7.2 de la LGCA y en el artículo 7.6 de la LGCA, en relación con las conductas tipificadas en los artículos 58.3 y 58.12 de la LGCA. En consecuencia, la CNMC ha impuesto a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S. A, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, dos sanciones por importe total de 270.002 euros.

La CNMC recuerda que contra esta decisión, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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