La Comisión Europea ha iniciado este miércoles investigaciones contra Irlanda, Holanda y Luxemburgo ante sospechas de que estos países conceden ventajas fiscales indebidas, respectivamente, a las multinacionales Apple, Starbucks y Fiat Finance and Trade, para pagar menos impuestos. Lo explicaba este mismo miércoles el vicepresidente de la Comisión y responsable de Competencia, Joaquín Almunia, «tenemos motivos para creer, en esta fase, que en casos concretos las autoridades tributarias nacionales han renunciado a gravar parte de los beneficios de estas multinacionales al permitirles reducir sus beneficios imponibles».»En el contexto actual de restricciones presupuestarias, es particularmente importante que las grandes multinacionales paguen su parte juste de impuestos», ha resaltado. Unas pesquisas que no prejuzgan el resultado de investigación.
El Ejecutivo comunitario seguirá examinando otros casos de ventajas fiscales indebidas a multinacionales en otros países tras una serie de artículos en prensa que sostenían que determinadas empresas se habían beneficiado de importantes reducciones de impuestos gracias a decisiones anticipativas en materia fiscal (tax rulings) por autoridades fiscales nacionales. Se trata de cartas de intenciones para aclarar a una empresa determinada la forma en que se calcularán sus impuestos. Si incluyen ayudas públicas serían ilegales si confieren ventajas selectivas a una empresa o grupo.
Unas decisiones que se utilizan para confirmar acuerdos de fijación de precios de transferencia, que se facturan en transacciones comerciales entre diferentes entidades de un mismo grupo, y para los bienes vendidos o servicios prestados por una filial a otra filial del grupo.
El Ejecutivo comunitario ha reexaminado los cálculos utilizados para determinar la base imponible y considera, según su análisis preliminar, que éstas decisiones anticipativas podrían subestimar el beneficio imponible y pagar menos impuestos. Las tres decisiones anticipativas cuestionadas se refieren a acuerdos sobre la base de imposición, y no afectan al tipo imponible aplicable propiamente dicho, recoge Expansión.