Se trata de la publicación el pasado 4 de septiembre en el Diario Oficial de la Unión Europea del Reglamento (UE) Nº 851/2013 de la Comisión de 3 de septiembre que autoriza declaraciones de propiedades saludables en los alimentos. Unas propiedades distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños, y se modifica el Reglamento (UE) nº 432/2012. En concreto se añaden tres declaraciones nuevas, junto a sus correspondientes condiciones de uso. Las declaraciones que en esta ocasión se autorizan presentan una particularidad dado que se trata de declaraciones autorizadas bajo el régimen de protección de datos previsto en el artículo 21 del Reglamento 1924/2006. Esto significa que, durante 5 años a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo Reglamento (UE) 851/2013, únicamente el solicitante de las declaraciones aprobadas (o en algún caso sus filiales) podrán hacer uso de las mismas, quedando restringida la información y los datos científicos incluidos en sus correspondientes solicitudes de autorización durante ese periodo, informa Autocontrol.