Ricardo Pérez-Solero , Socio de Estudio Legal de Comunicación comentó que La nueva Ley de Propiedad intelectual no controla las plataformas digitales, regulado por la ley de servicios de la sociedad de la información. «Las plataformas digitales no son responsables de los contenidos que se difunden a los consumidores salvo que no actúen diligentemente». Para Pérez-Solero «todas las personas que participan en las plataformas digitales son responsables del contenido de su web y ahora son responsables con la nueva Ley General de Publicidad. «Creo que estos derechos están razonablemente bien defendidos con la legislación actual en Youtube donde aparece el mensaje de contenidos denunciados».
Para el abogado, en declaraciones a El Programa de la Publicidad, «la Propiedad intelectual en un mundo tan explosivo como internet es muy difícil de controlar y garantizar su protección con algunos ejemplos en que algunas obras que no estaban protegidas han pasado a serlo porque adquieren nuevas formas con la nueva ley y la segunda cuestión es que las nuevas plataformas, porque les obliga la nueva ley genéricamente, tienen sistemas para controlar si hay contenidos que puedan vulnerar la ley aunque cada sistema difiere en ese control pero si hay principios básicos que se están aplicando bastante coherentemente».
«Otra parte es que es tan difícil controlar jurídicamente los contenidos que una parodía puede ser ilçicita y hacer un daño horrible a una marca y eso se da mucho en este mundo de las plataformas y de hecho se da que hayas hecho un anuncio y que de repente se hagan modificaciones, que puedan perjudicar a la marca, y pararlo es bastantee difícil. Pero también están creaciones en que un a nunciaante invita a los usuarios a hacer esas parodias, y obtiene ciertos beneficios de ellos».
Sobre cómo la nueva ley de Propiedad Intelectual está implicando a plataformas y anunciantes de la aparición de contenidos en lugares no deseados, Pérez Solero explica que «he tenido casos que han tenido requerimientos por esto. Es el caso de plataformas deportivas ilícitas que emiten sin tener los derechos para hacerlo de contenidos deportivos que -por la compra programática- de repente aparece publicidad de grandes anunciantes en estos lugares y han recibido requerimientos de la Liga de Fútbol Profesional apercibiéndoles de haber aparecido en ellos y de que de volver a hacerlo «actuaremos». «Lo que pasa es que cuando pasa el anunciante pide que en los posible se pare. El problema es que todas estas tecnologías de compra programatica, ver si se puede dar ese supuesto o no. Para evitarlo se debería tener un soporte actualizado de los posibles soprtes ilícitos y no es fácil de hacer ni jurídicamente claro».
«Los robots y detectores de posibles ilicitudes son cada vez mayores hasta el punto que se dice que va a ser posible fijar la imagen de una persona por su uso de internet, imagínate lo que significa que estos robots puedan deducir tus rasgos principales y saber si es la cara de un famoso y si el uso es consentido o no, lo que implica contro, nuevo del derecho a la propia imagen , aunque ahora no hablamos del derecho a la Propiedad Intelectual, generadora de muchos conflictos, y eso hace que las pa´ginas web que hacen un uso ilícito de esas imágenes, podrían incurrir en este tema con lo que la com pra programática plantaría conflictos desde el punto de vista legal».
En su exposición en El Sol explicaba ejemplos como los de sistemas que permiten detectar infracciones de la propiedad intelectual y te pueden retirar un video o contenido. Por ejemplo, Content ID, rastreador de contenidos en Twitter, o en Youtube… «Hoy millones de personas comentan acontenimientos de interés general o suben contenidos caseros o hacen cine independiente, … y rinden homenaje a sus músicas, películas o series favoritas, subiendo contenidos creados por otras personas, y ¿cómo pueden los propietarios intelectuales identificarcuando se utiliza su video en Youtube, o convertirlo en oportunidades? Content ID», dice un video promocional de estos sistemas, exhibido por el abogado. El sistema funciona -según explica el vídeo de la compañía- en que los creadores pasan copias de sus creaciones -llamadas archivos de referencia- que quieren rastrear en Youtube, y se almacenan en bases de datos que contienen m áas de tres millones de archivos, desde canciones pop a películas completas, que cada vez que se sube un archivo son contrastados con esa base de datos e identifica coincidencias de audio o video o parciales, incluso si hay diferentes calidades de video. Cada vez que el sistema detecta coincidencias el sistema hace lo que pide el propietario: bloquar el video, o lograr ingresos con él». De hecho Content ID rastrea mas de 100 años de video cada día, como si 36.000 personas vigilaran sin pestañear sus monitores todo el día, las 24 horas.