Piden el precinto de los nueve canales afectados por la sentencia del Supremo de 18 de diciembre, en diez días o el Gobierno incurrirá en "delito de desobediencia".

Infraestructuras y Gestión 2002, harta de retrasos en la ejecución del fallo del Supremo sobre los nueve canales concedidos sin concurso en la era Zapatero, ha solicitado al Tribunal el precinto de los equipos y forzar el cumplimiento de la sentencia, en un máximo de diez días. Tras serles dada la razón en noviembre de 2012, con una sentencia del Supremo al anularse la entrega de estos canales por el Gobierno socialista de Rodríguez Zapatero, el Ejecutivo, anuló la concesión, sin precisar la fecha de cierra mientras se trataba de llegar a un acuerdo con las cadenas afectadas. Un acuerdo al que no se ha llegado tras la última advertencia al ejecutivo del Supremo este 18 de diciembre, que exigía al Gobierno el cierre de hasta nueve canales, tras cuatro Consejos de Ministros sin que se haya tomado decisión alguna respecto al cierre y de ahí un nuevo escrito de Infraestructuras y Gestión 2002 a la Sala Tercera de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, del 29 de enero.

La demandante pide a la Sala – según el Confidencial- que tome las medidas necesarias para lograr el cumplimiento, “ordenando directamente a las sociedades licenciatarias que en el plazo de diez días cesen en las emisiones”. En caso de que no se verifique el apagón, “se ordenará a los funcionarios adscritos a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información que procedan a hacer efectivo el cese de emisiones mediante el precinto de los equipos y aparatos que fueron necesarios con expresa autorización de acceso a los lugares donde se encontrasen los mismos”. Incluso se alude a que se advierta al ejecutivo que, de no recibir respuesta en 10 días, “se considerarán responsables a todos los miembros del actual Consejo de Ministros”. A partir de ahí, también le pide que alerte de que deben tomarse las medidas para proceder al cierre de los canales y que, de no llevarse a cabo en un plazo de 15 días, aperciba a los responsables de que podrían “incurrir en un delito de desobediencia” y de que “se librará el correspondiente testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que corresponda”.

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