Así se han pronunciado los tribunales alemanes, después de que una asociación de consumidores denunciara a Iberia, que había obligado a un viajero a comprar un nuevo billete por olvidar la tarjeta de crédito. La Federación de consumidores alemana VZBV ha ganado una sentencia contra Iberia después de entablar un juicio contra esta compañía por no permitir volar a un consumidor alemán que olvidó llevar consigo la tarjeta de crédito con la que había comprado el billete de avión. Según los términos y condiciones de la aerolínea, los clientes que han reservado su billete a través de la web de la compañía deben mostrar la tarjeta de crédito o débito utilizada en la reserva, por razones de seguridad. De lo contrario, la única opción que ofrece Iberia es sencilla: comprar un nuevo billete en sus mostradores. Sin embargo, la sentencia recién dictada por un Tribunal de Frankfurt condena a Iberia a pagar los daños y perjuicios al cliente y a no aplicar esta cláusula en adelante. La OCU saluda esta sentencia, fruto de la labor de nuestros colegas de VZBV (una asociación que, como la OCU, pertenece al BEUC). Además, recuerda que, si se produce una situación similar en nuestro territorio, la sentencia alemana puede ser alegada ante los Tribunales españoles. A juicio de la OCU, la tarjeta de crédito no forma parte de los documentos de transporte sino que es tan solo el medio de pago utilizado, por lo que una cláusula que obligue a comprar un nuevo billete en caso de no portar la tarjeta, es claramente abusiva. Esto demuestra, a su vez, que las condiciones contractuales de las compañías aéreas necesitan de una revisión profunda y de un control por parte del Instituto Nacional del Consumo (INC) que no se ha pronunciado en casos como el de Ryanair, que cobra una penalización por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto o un recargo por pagar con determinadas tarjetas de crédito, prácticas que lesionan los derechos de los consumidores y generan muchas quejas de ellos.